Desde el 1º de septiembre está en vigencia la ordenanza 4.457, que prohíbe la entrega al público por parte de los comercios pringlenses de bolsas plásticas tipo camiseta, de cualquier tipo, sean oxibiodegradables o no biodegradables.
En abril, el Concejo Deliberante aprobó la mencionada ordenanza y, en julio, se anunció la puesta en vigencia para el 1º de septiembre, plazo en el que los comerciantes debían adecuarse a la misma.
La ordenanza nº 4457 reemplazó a la nº 4226/2015 y en su artículo 2 indica la prohibición «en todo el territorio del Distrito de Coronel Pringles de la provisión al público en todo local comercial de bolsas o recipientes tipo camisetas o similares no biodegradables e inclusive aquellos que se indican como biodegradables u oxobiodegradables, promoviendo la minimización del impacto ambiental».
Desde Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del municipio se comunicó que comenzarán los controles. La directora del área Ángela Bohn, manifestó que “para los infractores habrá sanciones pero, en un principio, se realizará un apercibimiento y un llamado de atención”, dijo.
“Si bien está prohibida la entrega de bolsas plásticas tipo camiseta, no sucede lo mismo que con las bolsas de arranque (rollo)”, agregó.
Se suma de esta forma a lo establecido en la provincia de Buenos Aires, por ley 13868, que en su artículo 1 prohíbe «en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías».
Puede consultar el texto de la ordenanza aquí:http://www.hcdcoronelpringles.gob.ar/ordenanzas/ordenanza-no-4-457/
Fuente: InfoGEI