• Inicio
  • Contacto
  • Trabajá con nosotros
Sexta Sección
  • Portada
  • Desarrollo regional
  • Turismo
Sin resultados
Todos los resultados
Sexta
Sin resultados
Todos los resultados

Ley de empresas BIC: media sanción en Diputados

Rubén Darío Giampaoletti por Rubén Darío Giampaoletti
12/12/2018
Ley de empresas BIC: media sanción en Diputados

La iniciativa de ley de empresas BIC, constituye un proyecto que brinda reconocimiento legal a las empresas de triple impacto.

Las empresas de triple impacto y las Empresas B, son un sector clave para evolucionar hacia una nueva economía más inclusiva y sustentable. Países como Estados Unidos e Italia ya tienen una ley similar, y ahora Argentina pretende también contar con una norma de estas características.
Hoy las empresas de triple impacto funcionan como organizaciones sin fines de lucro o sociedades comerciales, pero no poseen ninguna de estas formas jurídicas.

Luego de su paso por la Cámara de Diputados se buscará en los próximos días que la ley sea aprobada por el Senado.

En sesiones extraordinarias y a días de perder estado parlamentario, la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que posibilita brindar reconocimiento legal a las empresas de triple impacto, es decir organizaciones que además de rédito económico se ocupan del medio ambiente y el bienestar social.
El Ejecutivo acompañó un proyecto de ley gestado por Sistema B y ASEA (Asociación de Emprendedores Argentinos) que reconoce jurídicamente a las empresas de Beneficios e Interés Colectivo (BIC). La iniciativa tuvo dictamen en la Comisión de Legislación General en junio de 2017, pero recién 18 meses después llegó al recinto.
Las empresas de triple impacto se desempeñan como organizaciones sin fines de lucro, pero ahora serán reconocidas legalmente al ser incorporadas a la ley de Sociedades Comerciales. 

La expectativa está puesta ahora en el Senado. Desde  Sistema B como ASEA apuntan a que la ley salga este año.

El proyecto establece que serán empresas de Beneficios e Interés Colectivo las «sociedades constituidas conforme a alguno de los tipos previstos en la Ley General de Sociedades».
Además establece que para convertirse en una empresa de triple impacto, «las sociedades existentes deberán incorporar a su estatuto o contrato social las previsiones que se detallan en la presente ley e inscribir las modificaciones en el registro público respectivo».
Estas empresas deben incluir en el contrato social «el impacto social, ambiental, positivo y verificable que se obligan a generar» y contar con el respaldo del 75% de los socios con derechos a voto.

Agencia Decus
ANUNCIO

 

Fuente: Eco-sitio

Temas: Desarrollo sostenibleLegislativasMedio AmbienteRSE
Compartir208Tweet130EnviarEnviarCompartir

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Revista de temas de interés de la región sudoeste de la provincia de Buenos Aires

© 2021 Sexta Sección - / Agencia Decus

  • About
  • Advertise
  • Privacy & Policy
  • Contacto
Sin resultados
Todos los resultados
  • Portada
  • Desarrollo regional
  • Turismo

© 2021 Sexta Sección - / Agencia Decus

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password? Sign Up

Create New Account!

Fill the forms bellow to register

All fields are required. Log In

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In