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Prevención para trabajadores de la industria frigorífica

Rubén Darío Giampaoletti por Rubén Darío Giampaoletti
07/02/2020
Prevención para trabajadores de la industria frigorífica

Se trata de la Resolución de SRT N| 13/2020, y entrará en vigencia en 60 días.

La nueva norma se publicó en el Boletín Oficial (B.O.) el pasado 30 de enero.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) determinó medidas de seguridad para los trabajadores en establecimientos dedicados a la faena de distintos tipos de carne, para aquellos productos cuyo peso sea superior a los 25 kg.

La medida establece que la manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos, su industrialización, cadena de transporte y distribución mayorista o minorista se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados, siempre que el peso supere los 25 kg.

ARTÍCULO 1°.- Establécese que toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los VEINTICINCO KILOGRAMOS (25 Kg.), que realicen trabajadores y se lleven a cabo en empresas y/o establecimientos dedicados a la faena de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y/o menor o industrialización de los mismos, o en su cadena de transporte y distribución mayorista o minorista, se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados.

Asimismo los empleadores deberán efectuar un registro del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos mecánicos utilizados y en caso de incumplimiento las ART, deberán denunciarlo ante la SRT para derivar las denuncias a las Administradoras de Trabajo Local (ATL).

Agencia Decus
ANUNCIO

Las ATL ejercen poder de policía en los estados provinciales y ello implica que deben sancionar a los empleadores por acción u omisión que violen las leyes y reglamentos del trabajo, salud, higiene y seguridad en el trabajo.

En cuanto a los pesos inferiores a 25 kilos se dispuso que se deberán seguir las indicaciones sobre el levantamiento manual de cargas establecidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) bajo la Resolución N° 295/03 y, en lo que respecta al traslado de objetos pesados y empuje o tracción, se accionará de acuerdo a la Resolución SRT N° 3345/15.

Para acceder al texto completo

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/224967/20200130

Temas: ArgentinaFrigoríficosIndustriaLegislativasPrevenciónTrabajo
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Revista de temas de interés de la región sudoeste de la provincia de Buenos Aires

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